sábado, 21 de mayo de 2011

contrato de trabajo

El contrato es la principal herramienta que utilizamos en el mercado laboral entre quienes contratan y quienes desarrollan un trabajo.Se puede decir que un contrato es un documento en el que se resumen las condiciones a las que el empresario y el trabajador se comprometen a desarrollar sus funciones;dependiendo del tipo de contrato que se utilice los derechos y deberes del empresario y el trabajador variar.

Se puede decir que un contrato es el acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que se detallan las condiciones en las que un trabajador se compromete a realizar un determinado trabajo por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución o sueldo.

Mejorar las condiciones del empleo es hoy la primera tarea sindical, una tarea que para que sea útil ha de tener un especial cuidado en la forma en que se desarrollan los contratos, vigilando que se respeten todas las obligaciones recogidas en el y mejorando las condiciones de trabajo en la que se realizan las actividades laborales por parte de los trabajador.

Existe un elevado grado de fraude que existe por parte de muchos empresarios a la hora de utilizar los contratos. Por un lado, debemos denunciar la utilización ilegal de algunos contratos cuando no se respetan las condiciones estipuladas en ellos. Igualmente el elevado numero de personas que desarrollan un trabajo sin ningún tipo de contrato y por tanto sin ningún tipo de cobertura ilegal.

CARACTERÍSTICAS

FORMA DE CONTRATO:
Los contratos de trabajo se pueden hacer por escrito o verbalmente

DURACIÓN DEL CONTRATO:
El contrato puede realizarse por tiempo indefinido o por una duración determinada; esta duración dependera del tipo de contrato y de lo establecido en el mismo.

PERIODO DE PRUEBA:
La duración de periodo de prueba se fija en los convenios colectivos y, en su defecto, como máximo sera de seis meses para técnicos titulados y dos meses para el resto de trabajadores, excepto si la empresa es de menos de 25 trabajadores, y no podrán exceder de tres meses.

SALARIO:
Es la remuneración que obtiene el trabajador por la realización de su trabajo. En el contrato figura el total de pesetas brutas al año y el numero de pagasen que se distribuye.

JORNADA:
Son las horas de trabajo ordinarias a realizar por el trabajador bien sea diaria, semanal, mensual o anualmente   y su distribución sera como máximo de 40 horas semanales y 9 horas diarias.





CUANDO FINALIZA EL CONTRATO DEBO SABER....

LIQUIDACIÓN:
Es el recibo que la empresa tiene que dar al trabajador cuando finaliza la relación laboral. En el recibo figuran las partes proporcionales de estas cantidades:
Pagas extraordinarias y vacaciones, también figuran el salario, los atrasos y cantidades adeudadas por otros conceptos.

INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO:
Es la cantidad de días por año trabajado que la empresa tiene que pagar al trabajador cuando finaliza el contrato temporal, o en algunos casos de despido.

FINIQUITO:
Es el documento que que termina la relación laboral entre el empresario y el trabajador, y recoje la cantidad resultante de la suma de la liquidación y la indemnización.


TIPOS DE CONTRATO 

CONTRATOS TEMPORALES

CONTRATO EN PRACTICAS:
Tiene como finalidad facilitar la obtención de la practica profesional adecuada al nivel de estudios por los trabajadores con titulo universitario o de formación pofesional de grado medio, superior o de títulos reconocidos como equivalentes o de certificado de profesionalidad que habiliten para el ejercicio profesional.

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN:
Tiene por objeto la adquisición de la formación teorica y practica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un nivel de cualificación en su defecto depende de cada ocupación en el sistema de clasificación en la empresa.

CONTRATO POR OBRA Y SERVICIO:
Es el que se concierta para la realización de una obra o prestación de un servicio, con autonomía sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea un principio de duración incierta.

CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN:
Este contrato tiene como finalidad al atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de perdidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.

CONTRATO DE INTERINIDAD:
Este contrato tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma,convenio colectivo o acuerdo individual,o para cumplir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, así como para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo.

CONTRATO PARA TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL EN EMPRESAS DE INSERCIÓN:
En el ámbito de las empresas de inserción, es posible la utilización del contacto temporal del fomento del empleo para personas con discapacidad, para la contratación de trabajadores en situación de exclusión social.